Prórroga de Permiso de Viaje al Exterior (PVE)

Cuando un ciudadano cubano sale de Cuba la Dirección  de Inmigración estampa en el pasaporte cubano un Permiso de Viaje al Exterior que usualmente tiene una duración de 30 días, contados a partir de la fecha de salida de Cuba. Si el titular del pasaporte desea permanecer más de un mes en el exterior debe realizar las prórrogas de Permiso de Viaje en el consulado cubano del país donde se encuentra de visita.
Es posible hacer hasta 10 prórrogas de Permiso de Viaje.
Para realizar el trámite personalmente en el  Consulado el interesado deberá presentar:
1. Pasaporte.
2. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo o medio de pago certificado de banco.

Solicitud por correo:

1. Pasaporte
2. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio con medio de pago certificado.  No se aceptará efectivo.
3. Un sobre con sello y su dirección para que le enviemos el pasaporte.

NOTA: Si la solicitud se realiza por correo o a través de una tercera persona, se cobrará adicionalmente el arancel consular estipulado para este servicio.

Todo pago debe realizarse en efectivo o por medio de pago certificado. El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

1 comentario:

Frank dijo...

Hla, excelente el Blog del consulado, muy bueno para los cubanos que estamos en Colombia. Saludos.

Temas de interés